Una opción para poder acceder a una farmacia es disponer de un capitalista que esté dispuesto a ir como compañero de viaje en la aventura de comprar farmacia. Daos cuenta que no he dicho socio. Para eso está el contrato de cuentas en participación.

Qué es un contrato de cuentas en participación
Se define como dice la Dirección General de Tributos “como un contrato de colaboración entre dos sujetos (siempre es bilateral), en virtud del cual uno de ellos («cuentapartícipe«) aporta bienes de su propiedad, dinero o derechos a otro («gestor«), obligándose este a aplicar dicha aportación a una determinada operación u operaciones o a una determinada actividad empresarial o profesional, que desarrollará independientemente y en nombre propio, y, a informar, rendir cuentas y dar participación al cuentapartícipe en las ganancias y pérdidas que resulten.”
Si firmo un contrato de cuentas en participación ¿creo una sociedad civil o una comunidad de bienes?
El contrato de cuentas en participación no implica la constitución de una comunidad de bienes, una sociedad civil, una SL u otro tipo de entidad con personalidad jurídica propia, tampoco se mezclan patrimonios ni se crea un patrimonio común. Es puramente un negocio.
¿Es válido para la farmacia?
Un contrato de cuentas en participación sí se puede firmar para comprar una farmacia. La razón de fondo es que el cuentapartícipe no adquiere la titularidad o propiedad de la farmacia porque, además, eso no es válido en nuestro ordenamiento. Se trata, por tanto, de una cuestión meramente tributaria, pero el contrato tiene que estar bien hecho.
¿Cómo se hace un contrato de cuentas en participación?
Realmente no hay una regulación extensa y detallada del contrato de cuentas de participación y eso hace que sólo quien esté acostumbrado a lidiar con ellos sepa qué hay que tener en cuenta. Además, hay que tener en cuenta o sólo normativa farmacéutica, sino también civil y fiscal.
No hay un formulario de contrato para saber que está bien y si copias y pegáis alguno que haya caído en vuestras manos os estáis jugando mucho.
¿Me la juego con un contrato de cuentas en participación?
Si estás desesperado por tener tu farmacia no firmes cualquier contrato de cuentas en participación que te ofrezcan porque te puede salir muy caro, he visto algunos muy abusivos. Pide a un experto, como nuestro despacho, que te lo examine. Que no te nuble la vista la hipotética posibilidad de ser titular de farmacia.
¿Ya has firmado uno y te estás arrepintiendo? ¿No te salen las cuentas?
Si ya lo has firmado hay que revisar cómo puede liquidarse además de si está bien hecho. Un contrato de cuentas en participación es como un matrimonio, junto con el casamiento hay divorcio y no necesariamente habrá que pasar por el Juzgado. Cuenta con nosotros si tienes dudas con tu contrato.
Puedes mirar esta entrada del blog y esta otra donde verás más información.
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